ᐈ Certificado de Exención de Ganancias 【Para Qué Sirve y MÁS】

En la actualidad hay muchas sociedades y fundaciones que están en disposición de obtener el Certificado de Exención de Ganancias, este certificado es de uso muy importante para las cooperativas que se encuentran exoneradas del impuesto de las ganancias, por este motivo es de suma importancia realizar este trámite.

En este artículo, te explicaremos como obtener el Certificado de Exención de Ganancias, para que sirve y quienes están exonerados de este certificado. ¡Aquí, encontrará toda la información!

¡Póngase cómodo y tome nota! 

Certificado d Exención de ganancias 3

¿Cómo Obtener el Certificado de Exención de Ganancias?

La finalidad de solicitar el Certificado de Exención de Ganancias es principalmente, no ingresar el impuesto de las ganancias. Las entidades que deseen solicitar la obtención de dicho Certificado deberán completar el formulario de declaración jurada.

Para generar un Certificado de Exención de Ganancias, se debe saber a cual régimen se pertenece y así poder cumplir con la documentación y los requisitos necesarios. Los régimen que efectúan la necesidad de este certificado son los siguientes:

  • Régimen Simplificado: Son aquellos comercios pequeños o particulares que deben cotizar y certificar las ganancias.
  • Régimen  General: Este régimen lo complementan las personas, naturales , jurídicas y cooperativas que integran las actividades comerciales generando impuestos.

La renovación de los certificados de exención se realizará anualmente, en forma automática, luego de un proceso de control que se ejecutará entre los 90 y 60 días corridos anteriores al vencimiento de los certificados vigentes. En el mismo se verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos, para la obtención del certificado de exención.

Régimen General

El Régimen General es un grupo de cotización al que pertenece, los trabajadores asalariados que trabajan por cuenta ajena. Para todas las cooperativas y sociedades comerciales que pertenezcan al Régimen General, deberán realizar el certificado a través del portal web de AFIP. A continuación, le haremos saber cuales son los requisitos que debe cumplir el Régimen General: 

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del propietario de cooperación.
  • Debe estar registrado en la Aduana Seguridad Social.
  • Número de CUIT totalmente activo.
  • Debe contar con el documento de impuestos a las ganancias cotizadas.
  • Para solicitar dicho certificado, debe contar con un formulario número 883 y este debe estar totalmente aprobado por la Resolución General.
  • La residencia domiciliaria de la cooperativa se debe encontrar vigente.
  • La información de actividad comercial y las cotizaciones anuales deberán estar vigentes y en actividad comercial.
  • Redactar los registros de actividad indicando las fechas en la cual fue cotizada los períodos fiscales.
  •  Tener en posición actualizada los impuestos de las ganancias en base a la declaración jurada en Argentina.

Certificado de Exención de ganancias

Pasos para obtener el Régimen General:

  1. Debe solicitar el formulario de la declaración jurada N° 953 utilizando el programa denominado «Certificado de Exención en Ganancia».
  2. Luego, deberá remitir el formulario  mediante el servicio «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos».
  3. Obtendrá un número de presentación ingresando con clave fiscal al servicio «Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias», opción «Régimen General – Ingresar Solicitud».
  4. Después, pasados aproximadamente 2 días, usted ingresará a la opción de «Consultar Estado de Solicitud» .
  5. Dentro de 12 días siguientes a la solicitud debe dirigirse a la Dependencia AFIP en la que se encuentra inscribió con el acuse de recibo emitido por el sistema, buscará su registro y seguidamente le indicarán los documentos que debe adjuntar.
  6. Finalmente, al culminar la recolección de datos, usted ingresará a la página web de AFIP y consultará su solicitud.

Régimen Simplificado

El Régimen Simplificado está destinado a las personas físicas que realicen ventas de muebles, locaciones, prestaciones de servicios y/o ejecuciones de obras incluida la actividad primaria. Para el Régimen Simplificado debe tener los siguientes requisitos a la mano.

  • Estar registrado en el portal web de Impositiva Aduana Seguridad Social.
  • Poseer el número de CUIT.
  • Aceptar los términos y condiciones de la Resolución General N° 2337.
  • Documentar los impuestos del valor agregado en el transcurso de trámite.
  • Constancia de registro de la inscripción de la organización en el directorio nacional.
  • La entidad cooperativa simplificada debe estar fiscalizada en su domicilio, regida y legalizada por la Resolución N° 2109.
  • Tener un registro de las cotizaciones fiscales abonadas al registro fiscal.

Asimismo, los pasos a seguir para obtener el Certificado de Exención Ganancias para el Régimen Simplificado, son los siguientes:

  1. Ingresar a la página web de AFIP con la clave fiscal.
  2. Seguidamente, seleccionar la opción de «Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias».
  3. Luego, seleccionará la opción «Régimen Simplificado – Ingresar Solicitud».
  4. Completará los datos solicitados en el sistema, aceptará la información.
  5. Luego de que transcurran aproximadamente 2 días, ingresará a la opción «Consultar Estado de Solicitud». La solicitud debe aparecer en proceso.
  6. En el transcurso de los días, ingresará al sistema nuevamente y verificará que todo se encuentre en orden.
  7. Pasados 15 o 17 días aproximadamente, el Certificado se encontrará listo para su uso legal. Dicho Certificado deberá ser impreso.

En caso de denegación de la solicitud, AFIP te lo comunicará mediante resolución fundada. Las copias a presentar tienen que estar acompañadas del respectivo original para su constatación por parte de AFIP. En su defecto, deberán estar debidamente autenticadas por un escribano público.

¿Para Qué Sirve el Certificado de Exención de Ganancias?

El Certificado de Exención de Ganancias está dirigido a cooperativas, sociedades mutualistas, fundaciones, entidades de bien público, asociaciones deportivas, científicas y culturales. Dicho Certificado sirve para, acreditar que el titular de los datos está exento del pago de la cuota de Impuesto.

Asimismo, con la obtención de este Certificado de Exención de Ganancias, la entidad solicitante podrá:

  • No ingresar el impuesto a las Ganancias.
  • No ser pasible de las retenciones y/o percepciones en el Impuesto de las Ganancias.
  • Estar alcanzada por las alícuotas reducidas, o exentas, del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias
  • No ser pasible de las retenciones y/o percepciones en el IVA.

Se debe tener en cuenta que el Certificado de Exención de Ganancias se otorgará por períodos anuales, coincidentes con el ejercicio fiscal de la entidad, y producirá efectos a partir de la fecha de vigencia que el mismo establezca.

Este plazo podrá ser mayor a 12 meses, en el caso de entidades que comiencen sus actividades en un mes distinto al de inicio de su ejercicio fiscal o que deban tramitar una nueva solicitud por falta de renovación de un certificado anterior.

Debe tomar en cuenta, que el proceso para obtener el Certificado de Exención de Ganancias dura aproximadamente un mes. Antes de iniciar con la solicitud del certificado todo particular deberá de repasar la  Ley Nº 20.628, la cual indica todas las entidades que están exentan ante este certificado de exención en el impuesto a las ganancias.

¿Quién está Exento del Certificado de Exención de Ganancias?

Las entidades que tengan certificados de exención vigentes, deberán presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias y los estados contables. A continuación, le diremos quienes se encuentran exentos del Certificado de Exención de Ganancias.

  • Las ganancias de fiscos Nacionales, provinciales y municipales y de sus instituciones.
  • Las ganancias de entidades exentas de impuestos por leyes nacionales y siempre que las ganancias provengan directamente de la explotación o actividad principal que motivó la exención a dichas entidades.
  • Los sueldos de diplomáticos, agentes consulares y demás representantes oficiales de países extranjeros en la República.
  • Las utilidades de las sociedades cooperativas de cualquier naturaleza.
  • Las ganancias de las instituciones religiosas.
  • Las ganancias de las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, entre otros.
  • Los intereses originados por depósitos en:
    • Cajas de ahorro.
    • Cuentas especiales de ahorro.
    • Plazo fijo en moneda nacional.
    • Créditos laborales.
  • Las ganancias provenientes de la explotación de derechos de autor, hasta el tope establecido por la ley.
  • Las sumas cobradas por exportadores de la categoría MiPyME por reintegros o reembolsos acordados por el Poder Ejecutivo en concepto de impuestos abonados en el mercado interno.
  • Estas últimas, inciden directa o indirectamente sobre determinados productos, sus materias primas o servicios.
  • Las ganancias de las asociaciones deportivas y de cultura física, sin fines de lucro o exploten o autoricen juegos de azar.
  • El resultado de la venta de la casa-habitación.
  • Las donaciones y herencias
  • Las ganancias de las mutuales.

¿Qué es el Certificado de Exención de Ganancias?

Las ganancias se conocen como los rendimientos, rentas o enriquecimientos producidos por una fuente permanente u obtenidos por las sociedades comerciales y empresas unipersonales. Además de ser los resultados obtenidos por la venta de bienes muebles amortizables e inmuebles.

Asimismo, también se conoce como los resultados obtenidos por las ventas de acciones, valores, valores representativos, certificados de depósitos de acciones, cuotas y participaciones sociales, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores.

Certificado de Exención de ganancias

El Certificado de Exención de Ganancias, en el impuesto a las ganancias, es un documento que registra todas las exenciones de las cotizaciones de las cooperativas. Las Exenciones de pagos son beneficios que liberan a ciertas ganancias del pago de impuestos.

¿Qué espera para obtener su Certificado de Exención de Ganancias? ¡Ya tiene toda la información a su alcance!

¡Mucha Suerte!

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