Requisitos para la Custodia Compartida: Medidas, Edades y MÁS

Existen una serie de Requisitos para la Custodia Compartida si quieres hacer este trámite legalmente. Saberlos de antemano te resultará muy útil, así como saber cómo puedes solicitarla, qué y cómo puedes hacer el trámite mediante la modificación de medidas, quiénes pueden hacer la solicitud, y cuáles son las edades mínimas y máximas para pedirla.

Cuando hablamos de Custodia Compartida, nos estamos refiriendo al acuerdo legal que se da en situaciones de divorcio o separación, de manera que ambos padres puedan ejercer la custodia sobre sus hijos menores de edad, sobre una base de igualdad de condiciones en el cuidado de estos.

Si te interesa saber todo sobre cómo tramitar la custodia compartida, ¡no te vayas! Te lo explicaremos todo a continuación.

Requisitos para la Custodia Compartida

¿Cómo Solicitar la Custodia Compartida?

El procedimiento para solicitar la custodia compartida es más sencillo de lo que te imaginas. Depende en primera instancia del momento en que se decida empezar a tramitarla. Con esto nos referimos a que se puede dar,

  • Durante el proceso de divorcio o separación,
  • Posterior a la separación,
  • En el caso particular que se dé entre parejas hecho.

Para lo cual el procedimiento sería más o menos distinto dependiendo del caso.

En el proceso de divorcio o separación se acuerda la redacción de un documento llamado convenio regulador. En este la pareja decide cómo se desarrollará la vida de ambos una vez se haga efectivo el divorcio o la separación. Incluye, por ejemplo, la administración de propiedades conjuntas y, si así lo solicita la pareja, el manejo de los menores de edad que tienen bajo custodia.

Este es el momento donde podrías empezar el procedimiento judicial que se haga cargo de este aspecto. Sin embargo, es importante tener presente que el acuerdo sobre la custodia de los hijos se puede dar en cualquier parte del procedimiento de divorcio, si así es solicitado.

Requisitos para la Custodia Compartida

La solicitud posterior a la separación se da cuando en el divorcio se acordó custodia exclusiva para alguna de las partes y ahora se quiere cambiar esa situación a la de custodia compartida.

En este caso se empieza un procedimiento de modificación de medidas. Esta solicitud la haces a tu abogado, para que este inicie los trámites correspondientes.

Se puede llegar a un mutuo acuerdo, mediante el cual se modificará el convenio regulador anteriormente establecido, o sentencioso, el cual iniciará el padre deseoso de cambiar a custodia compartida.

Finalmente, el caso particular entre parejas de hecho. También se debe solicitar a los abogados de cada parte el deseo de iniciar un procedimiento sobre guardia y custodia, que podrá ser sentencioso, si las partes no llegan a un acuerdo, o de mutuo acuerdo.

En los tres casos un Juez dictará la sentencia final en cuanto a la custodia de los menores de edad. Eso sí, tomando en cuenta la opinión de todas las partes involucradas y las situaciones alrededor de ellos. Cuando se llega a un mutuo acuerdo es muchísimo más fácil, pues esto es lo que se termina llevando a cabo sin necesidad de un juicio laborioso.

Obtener la Custodia Compartida mediante Medidas Provisionales

La obtención de la Custodia Compartida mediante Medidas Provisionales es un recurso que se lleva a cabo durante el divorcio, generalmente cuando los progenitores no parecen poder llegar a un acuerdo con respecto a la custodia de los hijos, lo que lleva a un juicio que puede durar un tiempo considerable.

También se puede llevar a cabo como una manera de que los niños puedas adaptarse a la separación de sus padres progresivamente, y además disminuir el costo económico y emocional que conlleva.Requisitos para la Custodia Compartida

La separación de los padres puede crear un trauma emocional en el niño si no es tratada como es debido, especialmente si estos son muy pequeños. La depresión, déficit de atención, hiperactividad, agresividad… Y otros trastornos están ligados con la separación de los padres, especialmente si esta es conflictiva.

Esta medida es provisional, como su nombre bien lo indica, hasta que el Juez dicte sentencia a favor de la custodia exclusiva o compartida, y se logren determinar los términos del acuerdo. Esto es, claro está, tomando en cuenta el vínculo afectivo, la edad de los niños, el trabajo de los progenitores, la relación con los hijos, posible maltrato, etcétera.

Obtener la Custodia Compartida mediante la Modificación de Medidas

La obtención de la Custodia Compartida mediante la Modificación de Medidas, como mencionamos anteriormente, se hace posterior al divorcio o a la separación de los padres. Es decir, cuando se ha declarado la custodia exclusiva a uno de los dos padres.

En este sentido, si alguno de los dos desea cambiar el convenio regulador, en el que se estableció la custodia en un primer momento, debe optar posteriormente a la modificación de medidas, haciendo partícipe al abogado del deseo de cambiar el status.

Este podrá darse de dos maneras fundamentales,

  • Por mutuo acuerdo, de querer cambiar la custodia a una compartida. En este sentido, se llama a la modificación del convenio regulador para establecer las nuevas medidas, incluida la pensión de alimentos, con la colaboración de ambos padres.
  • Contencioso, cuando nos padres no parecen llegar a un acuerdo de si es conveniente reclamar una custodia compartida. Esta es la manera que más toma tiempo, pues el progenitor que no quiere ceder la custodia coloca trabas en todo momento, lo que puede hacer que el proceso se alargue y continúe hasta que el juez tenga la información suficiente para dictar una sentencia.

Esta modificación se hace cuando las circunstancias que rodearon el primer convenio regulador cambian, y se toma muy en cuenta si este cambio es beneficioso para el menor. O si, por el contrario, podría perjudicarlo.

Los requisitos para pedir el inicio de la modificación de medidas son:

  • Debe existir un cambio en las circunstancias que rodearon la primera sentencia. Así, la demanda debe darse porque una alteración en algún factor determinante en los resultados de las primeras medidas.
  • Este cambio debe tener una gran importancia, de manera que sea perfectamente justificable el deseo de cambiar el primer acuerdo establecido.
  • El cambio debe ser de carácter permanente.
  • Las circunstancias deben estar fuera del control de que desea cambiar a custodia compartida.
  • El cambio debe evidenciarse, ya sea con documentación, testigos o cualquier otra cosa que valide como prueba.

Si posees todos estos requisitos y quieres una custodia compartida, entonces podrás hacerlo. Esto se da en el caso de padres que antes no tenían las posibilidades económicas, la estabilidad laboral, tenían problemas de adicción, etcétera.

¿Quién puede Pedir la Custodia Compartida?

¿Quién puede pedir la Custodia Compartida? Esto corresponde en primera instancia a los Requisitos para la Custodia Compartida, de los cuales todavía no te hemos hablado apropiadamente. Lo haremos ahora, casi para terminar.

Cualquiera de los padres puede pedir la custodia compartida. No obstante, también se da el caso de que la custodia se comparte con alguno de los abuelos o con ambos. O tal vez con tíos o tías de los menores de edad. Esto ocurre cuando las circunstancias alrededor de la vida del niño lo requieren así, ya sea porque los padres no pueden hacerse cargo o porque estos son mejores opciones para los niños.

En estos casos se hace una demanda por incumplimiento de los deberes como padre o por negligencia infantil, a lo cual procedería un juicio a favor de estos familiares cercanos.

Sea como sea, hay una serie de Requisitos para la Custodia Compartida que se deben tener al día para solicitar algo así. Estos son,

  • Proximidad de los domicilios de ambos padres. Si viven cerca, de manera que el menor pueda moverse de un lugar a otro, o si por el contrario se vive muy lejos, inclusive en otra provincia o comunidad autónoma.
  • Proximidad de los domicilios con la escuela o cursos. La visita a los padres no debe afectar en mayor medida las responsabilidades del menor, ni impedirle desarrollar su vida diaria.
  • La relación entre los padres por separado y el menor. Si se trata de una relación saludable, concurrente y positiva.
  • Horario laboral. Importante a la hora de considerar si hay tiempo para cuidar del niño o niña. Esto de una manera realista, pues muchos padres suelen ausentarse por inconvenientes en el trabajo más que de vez en cuando.
  • Apoyo familiar. Se analizará si hay tíos, abuelos o parientes cercanos que puedan ayudar en el proceso.
  • La opinión del menor. Se tomará en cuenta la edad y la posible influencia del padre tutor sobre su respuesta.
  • La relación entre los padres. Si se llevan bien, si son respetuosos entre ellos mismo o, si por el contrario, no pueden ni verse.
  • El número de hijos.
  • Nivel de implicación del padre/madre con el hijo/a. Se analiza el papel hasta el momento de estos en la vida diaria y en la educación. O, por si el contrario, existe ausencia en las responsabilidades.
  • Capacidad económica. Si ambos padres cuentan con los recursos necesarios para hacerse cargo del menor por su cuenta.

Después de considerar todos estos aspectos es que el Juez dictará si se efectúa la custodia compartida. O, al menos, eso es lo ideal. De nuevo, estos constituyen los Requisitos para la Custodia Compartida.

Edades Mínimas y Máximas para Pedir la Custodia Compartida

Las Edades Mínimas y Máximas para Pedir la Custodia Compartida también es importante tenerlas en cuenta. La edad máxima es, sin duda alguna, hasta que el menor de edad cumpla la mayoría de edad.

No obstante, si se está muy cercano a cumplir la mayoría de edad lo ideal es llegar a un mutuo acuerdo con respecto a la custodia, tomando la opinión del menor. En la mayoría de los casos, cuando los menores son mayores de 12 años se resuelve por mutuo acuerdo la custodia, pues estos son capaces de razonar lo que quieren hacer. Y generalmente lo que quieren es la custodia compartida.

En realidad no hay una edad mínima o máxima para pedir la custodia. Lo que se toma en cuenta es que, dependiendo de la edad del menor, el impacto de una decisión podría ser mayor o menos.

Cuando hablamos de un bebé, lógicamente lo ideal es estar del lado de la madre. Hasta los 3 años, el bebé debería estar con su madre para cubrir mejor las necesidades de este.

Sin embargo, la custodia compartida se puede empezar a considerar cuando el niño deja de necesitar de lactancia y es independiente de los cuidados directos de su madre. Te recomendamos siempre tomar en cuenta el bienestar de tu hijo, hija, hijos o hijas, cuando vayas a tomar alguna decisión de esta índole.

¿Qué es?

La Custodia Compartida es acuerdo legal que se da en situaciones de divorcio o separación, de manera que ambos padres puedan ejercer la custodia sobre sus hijos menores de edad, sobre una base de igualdad de condiciones en el cuidado de estos.

Cuando se habla de este tema es muy importante tener en cuenta aspectos como el impacto sobre los menores de edad, la capacidad económica de mantenerlos, qué tipo de custodia sería, como solicitarla y los aspectos que se toman en cuenta para otorgarla.

Esperamos haberte ayudado con los Requisitos para la Custodia Compartida.

¡Nos vemos!

Visita GESTIONALO.NET España


Si te ha gustado este artículo sobre los Requisitos para la Custodia Compartida te recomendamos los siguientes artículos relacionados:

Certificado de Estudios

Certificado de Estudios

El Certificado de Estudios consiste en el documento que acredita o valida tu formación académica. De igual manera, este dato…

Certificado de Prestaciones

Certificado de Prestaciones

El Certificado de Prestaciones es un trámite requerido para recibir las contribuciones o apoyos económicos por parte del Estado. En…