ᐈ Certificado E. firma 【Requisitos, Pasos y MÁS】

Con el Certificado E. Firma podrás identificarte legalmente para realizar tramites electrónicos. Esta te permite firmar documentos y emitir comprobantes fiscales a tu nombre. Además, no deberás preocuparte por tener una empresa para obtenerlo, ya que este es un recaudo libremente tramitable para cualquier persona natural.

Sabemos lo urgente que puede llegar a ser la obtención de tu propia E.Firma, ya que en México este es un recaudo necesario para una gran variedad de tramites. Es por esto que decidimos llevar a cabo el presente escrito, donde podrás conseguir información que te puede interesar acerca de la E.Firma. ¿No sabes que requisitos debes cumplir? ¿Conoces el ente a cargo de emitir este certificado? A continuación te ayudaremos a contestar estas preguntas.

Certificado E. firma

Requisitos para el Certificado E. firma

Lo primero que debes tomar en cuenta son los requisitos para obtener tu certificado E. Firma, los cuales para tu comodidad hemos compilado a continuación:

  • Una unidad de memoria USB, de preferencia nueva, la cual contenga el archivo emitido por el programa certifica.
  • Usuario de correo electrónico (email) personal.
  • Documento de Forma Oficial FE en el que se realice la solicitud del certificado E. Firma.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Original y copia del acta de naturalización emitida por la entidad competente en México (si aplica).
  • Documentos que avalen la calidad de migrante (si aplica).
  • Documento original del comprobante de domicilio fiscal*.
  • Credencial para votar vigente y legible, emitida por el Instituto Nacional Electoral**.
  • Identificación oficial vigente del contribuyente legible.
*Este requisito aplica para personas contribuyentes que hayan tramitado su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a través de la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) usando su Clave Única de Registro de Población (CURP).

**Este requisito aplica en caso de ser una persona natural que se encuentre bajo el régimen de sueldos y salarios. Esta permite hacer constancia de su domicilio.

Asimismo, en caso de encargar a un representante legal para la realización del tramite, este deberá estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Añadido a esto, dicho representante legal deberá presentar una serie de recaudos según los siguientes casos:

Personas menores de edad

La persona natural que ejerce la patria potestad del menor tendrá que anexar lo siguiente:

  • Copia del acta certificada de nacimiento del menor de edad, emitida por el Registro Civil competente.
  • Documento original expedido por el fedatario público donde se acredite la patria potestad de la persona sobre el menor.
  • Original y copia simple de un escrito en que se manifieste por mutuo acuerdo de los padres que uno de ellos ejerza las veces de representante del menor durante el tramite*.

*Este documento no es necesario si en el acta de nacimiento, resolución judicial o el documento original expedido por fedatario público solo se encuentra señalado uno de los padres.

Personas naturales o físicas que hayan declarado judicialmente incapacidad legal

  • Documento original y copia certificada de la resolución judicial definitiva, donde se declara judicialmente la incapacidad del contribuyente en cuestión y el tutor designado como representante.

Personas físicas contribuyentes en apertura de sucesión

  • Documento original y copia en donde se haga constancia del nombramiento como albacea*.

*Este deberá ser emitido a través de una resolución judicial o un documento notarial, de conformidad a lo establecido por la ley mexicana.

Personas físicas contribuyentes declaradas como ausentes

  • Documento original y copia certificada en donde se haga constancia del nombramiento de un representante legal, donde se estipule la declaración especial de la ausencia de la persona física contribuyente.
  • Manifiesto donde se muestre que el estatus de ausencia de la persona física contribuyente se encuentra vigente a la fecha del tramite.

Personas físicas contribuyentes privadas de libertad

  • Documento original o copia certificada en donde se haga constancia de la resolución que estipule la privación de libertad de la persona física contribuyente.
  • Orden de arraigo firmada por el juez competente.
  • Poder general debidamente registrado donde se acredite a una persona física como representante legal del privado de libertad, otorgado en presencia de un fedatario público*.

*Este poder deberá otorgar actos de dominio o administración al representante legal.

Persona físicas contribuyentes clínicamente diagnosticados en estado crítico o etapa terminal

  • Diagnostico de etapa terminal realizado por el médico y expedido por la institución médica pública o privada en la que se encuentra la persona*.
  • Poder general debidamente registrado donde se acredite a una persona física como representante legal, otorgado en presencia de un fedatario público.

*Este deberá señalar detalladamente la circunstancia de la enfermedad padecida, el nombramiento de un representante legal y el nombre completo y la cédula profesional del médico.

Pasos a Seguir para el Certificado E.firma

El tramite para obtener tu certificado E. Firma es de manera presencial. A continuación te dejaremos los pasos a seguir para gestionar este tramite:

  • Lo primero que debes hacer es programar una cita en la oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de tu preferencia, llamando al servicio de atención telefónica  55 627 22 728.
  • Dirígete a la cita con los requisitos previamente descritos.
  • Luego, registraran tus datos biométricos (huellas dactilares y foto de su cara).
  • Posteriormente, recibe tu certificado E. Firma.
  • Por último, firma el acuse mediante el cual se genera la E. Firma.

Funcionalidad del Certificado E. firma

Este certificado permite hacer constancia de la identificación de las personas naturales y jurídicas en México. Además, este permite llevar a cabo tramites dentro del país de manera rápida y moderna.

Entre las funcionalidades del certificado E. Firma se encuentran:

  • Firmar documentos digitalmente.
  • Según lo establecido por las leyes mexicanas la E. Firma posee la misma validez que una firma efectuada a mano.
  • Sirve para tramitar más de 500 documentos, actas, entre otros en 20 instituciones y/o dependencias diferentes, tal como lo son:
    • Servicios prestados por el Instituto Mexicano de Seguro Social.
    • Tramitar permisos de importación.
    • Obtener certificados zoosanitarios de importación y exportación.
    • Conseguir permisos de exportación.
    • Entre otros permisos y certificados.

¿Quién Emite el Certificado E.firma?

Certificado E. firma

Este certificado es expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ente adscrito a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (HACIENDA).

Asimismo los basamentos legales del certificado E. Firma se encuentran refrendados en:

  • Ley de Firma Electrónica Avanzada.

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 17-D.

  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Regla 2.2.15 «Requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma».

  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, fichas de trámites 105/CFF «Solicitud de generación del Certificado de e.firma» y 197/CFF «Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma».

Diferencia con Otras Firmas Electrónicas

La diferencia de este certificado con otros tipos de firma electrónica, pueden no quedar muy claros a simple vista. A continuación, te mostraremos todas sus diferencias:

  • Al momento de usar la E. Firma es obligatoria la presentación del certificado emitido por el SAT, mientras que en otros tipos de firma electrónica, si bien en algunos casos poseen un certificado, este no es imprescindible.
  • La E. Firma es únicamente utilizada para realizar tramites con el Gobierno de México. Por el contrario, las otras firmas electrónicas pueden ser utilizadas para realizar otro tipo de contratos.
  • Para obtener la E. Firma debes solicitar una cita con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mientras que para conseguir las otras firmas electrónicas se debe poner en contacto con la empresa que ofrezca el servicio.

Es importante mencionar que, ambos tipos de firma son sumamente importantes, gracias a que pueden facilitar en gran medida muchos tramites, permitiendo hacerlos en modalidad a distancia.

¿Qué es el certificado E. Firma?

El certificado E. Firma es un documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que te permitirá acreditar tu identidad, ya seas persona natural o jurídica. Gracias a esto podrás realizar una gran variedad de tramites con el Gobierno de México, firmando digitalmente.

Beneficios

Además, es un sistema completamente seguro, gracias a que toda la información es privada e intransferible. Solo el Gobierno Mexicano elige a las entidades competentes para expedir dicho certificado.

Este es un servicio moderno implementado hace ya algunos años en las leyes mexicanas, que permite realizar tramites en modalidad a distancia. En vista de esto, ahorra tiempo y dinero, y aumenta la productividad de las empresas en el país.

Por último, otra de las ventajas del certificado E. Firma es que gracias a que permite realizar tramites en línea y en modalidad a distancia contribuye en gran medida con el medio ambiente, al ahorrar hojas y otros materiales que se usan en tramites realizados presencialmente.

Certificado E. firma

Sabemos lo importante que puede llegar a ser la obtención de este certificado para ahorrarte tiempo y dinero, por lo que tratamos de hacer el presente artículo lo más completo posible para usted. Le deseamos la mejor de las suertes en su tramite y queremos agradecerle por habernos elegido como asistentes de gestión al leer «Certificado E.firma: Requisitos, Pasos y MÁS».

¡No estreses! Este tramite es sumamente corto y sencillo. Como podrás haber visto, solo deberás seguir 5 pasos y obtendrás tu certificado E. Firma el mismo día de la cita con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¡Muchas gracias!

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