ᐈ Requisitos para Ser RIF 【Impuestos, Beneficios y MÁS】

Muchos comerciantes todavía no conocen los beneficios se reunir los Requisitos para Ser RIF. No obstante, es fundamental que tengan en cuenta las facilidades que ofrece formar parte del Régimen de Incorporación Fiscal.

Si tienes un pequeño negocio a tu cargo (como trabajo por comisiones o comercio de bienes y servicio) sobre el cual necesitas garantizar tus derechos, te invitamos a que conozcas los Requisitos para Ser RIF en México.

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¿Cuáles son los Requisitos para Ser RIF?

Desde el primero de enero de 2104, comenzó a aplicarse la nueva reforma fiscal, formando el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal). Con el objetivo de producir una competencia honesta y ecuánime, fomentar la oficialidad y saber de las nuevas ventajas de carácter legal y ayudas que este plan contiene.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), efectúa estadísticas e inspecciones electrónicas con la cooperación de entes bancarios, el buró de crédito y otros organismos. Por tal razón, es fundamental que, si estás planificando abrir un negocio o hacer alguna actividad perteneciente al RIF formalizarte. Y que también disfrutes de las ventajas que esta modalidad da.

Si quieres formar parte de este régimen debes tomar en cuenta los Requisitos para Ser RIF. Estos son:

  • Efectuar operaciones que no necesiten de cédula profesional o título.
  • Tener ingresos al año que no pasen los $ 2.000.000 de pesos.
  • Realizar una o varias de las novecientas actividades del RIF (centros estéticos, librerías, talleres, actividades mixtas).
  • Como persona física no tener actividades empresariales, tampoco estar asociado con una persona moral (compañía).

También es importante tomar en consideración los siguiente aspectos:

  • La inscripción en el RIF se realiza una sola vez.
  • Se puede formar parte del RIF por solo 10 años.
  • Si no se efectúan 2 declaraciones seguidas, quedas fuera del RIF.
  • Al no presentar 5 declaraciones también sales del RIF.

Busca información precisa a través de personas expertas. Esta nueva modalidad trae excelentes ventajas para tu empresa, las cuales serán evidentes en tus cuentas bancarias. Y a su vez generará confort a tu negocio, a tu familia y a ti mismo.

¿Quién puede Ser RIF?: Requisitos para Ser RIF

El Régimen de Incorporación Fiscal incluye a las personas físicas que efectúan operaciones empresariales. O que venden bienes o prestan algún servicio, y que para realizar estas operaciones no necesitan tener un título como profesional. Y por supuesto que cumplan con los Requisitos para Ser RIF.

También pueden contribuir en el RIF, en ocasiones se perciban ingresos por sueldos, asimilados a sueldos, rentas o por intereses. Y que estos ingresos juntos no sean superiores a los $ 2.000.000 de pesos. Igualmente, están los contribuyentes que hacían aportes en el Régimen de Pequeños Contribuyentes o REPECOS, y en este caso intermedios, en el ejercicio fiscal del 2013.

Las personas naturales o físicas que se incorporen a este sistema, gozarán de  descuentos en el ISR (Impuesto sobre la Renta) del 100% todo el primer año. Dicho descuento se va a ir reduciendo poco a poco hasta llegar a un 10% durante los próximos 10 años de duración del esquema.que es rif

Al finalizar este periodo, deben hacer la contribución en el régimen de personas físicas con operaciones empresariales y profesionales, según lo establece la Ley del Impuesto sobre la Renta en su Artículo 11. Siendo más específicos, se detalla de la siguiente manera:

  1. La Venta de Bienes: Tiendas de alimentos, librerías, carnicerías, dulcerías, arrendatarios de mercado, fruterías, tianguistas, etc.
  2. Prestaciones de Servicios: Actividades que no necesiten un título profesional (oficios), como por ejemplo: Salones de estética, taxistas, albañilerías, plomería, carpintería, herrería, etc.
  3. Comercialización de Productos por Comisión: Con la venta de estos productos, se obtienen comisiones, mientras que no sean mayores al 30% de los ingresos totales, por ejemplo: Productos para la belleza, la venta de tarjetas telefónicas, tiempo aire, etc.

¿Cómo se calcula el impuesto del RIF?

Para calcular el impuesto del RIF, se deben realizar dos cálculos fundamentales que son los que se exponen a continuación:

El Cálculo del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

El Impuesto al Valor Agregado

  • Tomar en consideración las ventas registradas y canceladas. También las ventas realizadas a todo el público para tener la posibilidad de efectuar este cálculo.
  • Sumar las entradas generales de público y la totalidad de las ventas de contado.
  • Y por último, sumar las entradas de público y las facturadas. Aplicando el elemento dividiendo las ventas que se han sido facturadas entre la totalidad de las ventas. Y este elemento se adjudica al IVA cancelado, lo que dará la cantidad de IVA que se acreditará.

Impuesto Sobre la Renta

Al calcular el Impuesto sobre la Renta, se debe acumular todas las entradas recibidas durante el bimestre. Igualmente, juntar las deducciones realizadas durante el bimestre y luego restar las entradas menos las deducciones. Con esta operación se tiene la ganancia o la pérdida del bimestre.

Una vez que se obtenga la utilidad, se le aplica la tabla que establece la Ley de Impuesto sobre la Renta en su Artículo 96°:

  1. La base tributaria.
  2. Menos.
  3. El límite inferior.
  4. Se obtiene el excedente.
  5. Al excedente se le aplica el porcentaje, conforme a su categoría.
  6. El resultado es un impuesto marginal.
  7. Sumar la cuota invariable.
  8. También se suma la cuota fija más el impuesto marginal.
  9. Se obtiene el Impuesto sobre la Renta del bimestre.
  10. Al resultado se le resta el 90% que se adquiere de utilidad para los que pertenecen al Régimen de Incorporación Fiscal. Y también se obtiene el impuesto bime.

Beneficios de Ser RIFser rif

Pertenecer al Régimen de Incorporación Fiscal, brinda una serie de beneficios de los cuales pueden disfrutar las personas físicas. Estos son:

  • Ofrece el programa «Crezcamos Juntos Afíliate», el cual considera la posibilidad de cobrar con terminales bancarios.
  • Tener acceso a financiamientos para ayudar en las actividades del negocio (NAFIN).
  • Obtener créditos a través del INADEM (Instituto Nacional del Emprendedor) o de la SHF (Sociedad Hipotecaria Federal).
  • Aceptar ayudas a la economía por medio de créditos al consumo para los empleados (FONACOT). También educación financiera y productos y servicios mediante el BANSEFI (Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros).
  • Acceder a los financiamientos que proporciona el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social).

¿Qué es?

El RIF o Régimen de Incorporación Fiscal, es un sistema que permite disfrutar de algunas ventajas a partiendo de que un contribuyente comienza a formar parte de él de manera formal. Se encarga de expedir facturas y también de notificar bimestralmente los ingresos y egresos de tu negocio.

Existen algunos trámites que deben realizar las personas físicas que quieran integrarse al RIF, o en el caso actualizar el RFC (Registro Federal de Contribuyentes). Estas gestiones deben efectuarse en cualquiera de las oficinas de la Tesorería de la Ciudad de México. Las cuales son:

  1. La inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Actualización del domicilio fiscal.
  3. El incremento y reducción de responsabilidades.
  4. Reinicio de operaciones.
  5. Interrupción de operaciones.
  6. Inauguración de establecimiento.
  7. Cierre de establecimiento.

NOTA: La gestión finalizará en las agencias del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Además, brinda el servicio de producción de la CONTRASEÑA. El cual es una herramienta de acceso que al juntarse con el RFC, admite la conexión entre diversas aplicaciones y servicios que ofrece el portal del SAT. Para ingresar puede pulsar el este enlace y encontrará la siguiente información:

  • El acceso a “Mis cuentas”.
  • La producción de facturas.
  • Verificación de los ingresos y egresos capturados. Asimismo, los recibos fiscales expedidos a través de esta herramienta y otras herramientas.
  • Creación de declaraciones.
  • Revisión de declaraciones.

Se debe recordar que solamente las gestiones del RFC, tramitadas por las agencias de la Tesorería de la Ciudad de México, continuarán manteniendo las limitaciones de contribuyentes únicamente del RIF. Y que el domicilio fiscal esté ubicado en la Ciudad de México.

Dentro de las responsabilidades del Régimen de Incorporación Fiscal se encuentran las que se mencionan abajo:

  1. Otorgar a los clientes recibos fiscales (facturas). Para esta operación el SAT tiene disponible un instrumento electrónico totalmente gratis para emitir facturas. Igualmente EdiFact suministra un modelo gratuito de su herramienta de expedición de facturas electrónicas. En el caso de que la transacción sea menor a $ 250 peso, no es necesario emitir la factura (solo si el cliente no la pide). Sin embargo, sí es obligatorio generar una factura que englobe todas las transacciones del público total.
  2. En el caso de los impuestos pertinentes de manera bimestral frente al SAT, así como la distribución con respecto a las compras e inversiones. Donde el monto sea mayor a $ 5,000 pesos, a través de transferencia electrónica, tarjetas de débito o crédito, un cheque nominativo. Asimismo, por medio de monederos electrónicos permitidos por el Servicio de Administración Tributaria.
  3. Si las entradas anuales son mayores a $ 2.000.000 de pesos, el contribuyente queda fuera del RIF. Además si el contribuyente no consigna las declaraciones o no efectúa el pago de los impuestos bimestrales, también sale del RIF.

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Diversos negocios pueden verse beneficiados al integrarse en el sistema del Régimen de Incorporación Fiscal. Desde pequeños comercios hasta trabajadores por comisión podrán encontrar protección y seguridad, es innegable que todas las personas naturales deben tomar esta oportunidad.

Podrás acceder a estos y otros privilegios mediante estos Requisitos para Ser RIF.

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