Requisitos para Asegurar un Familiar en Costa Rica: Qué miembros reciben el Seguro y MÁS

Pensando en la familia no se puede olvidar la importancia del seguro familiar y es entonces cuando los Requisitos para Asegurar un Familiar en Costa Rica, se hacen relevantes y necesarios.

Y si de extranjeros se trata más aún, sentir seguridad en un país que no es el propio y además tener la certeza que los familiares estén protegidos es de un alto valor.

En este artículo podrá encontrar todo lo que precisa saber para realizar el trámite de asegurar un familiar en Costa Rica y todos los requisitos necesarios para hacerlo de manera fácil y expedita.

Caja Costa Rica

Requisitos básicos para adscripción 

De acuerdo a la normativa existente en Costa Rica, y en relación al seguro familiar, y los requisitos para asegurar un familiar, específicamente como lo reza el Artículo 9 del Manual de Adscripción y Beneficio Familiar, la adscripción hace referencia a la asignación de una única entidad de salud para la atención primaria del asegurado. Esta se mantendrá en el tiempo que el asegurado tenga la residencia en el área de cobertura de esta entidad de salud.

El proceso de adscripción se lleva a cabo a través del Sistema de Identificación, Agendas y Citas (SIAC).

Se tiene que de acuerdo al Artículo 11 del Manual de Adscripción y Beneficio Familiar, los Requisitos básicos para la adscripción son los siguientes:

Cualquier persona asegurada o no, puede hacer la solicitud de adscripción al establecimiento o entidad de salud del primer nivel o de atención primaria (EBAIS), de manera particular, o a través de una tercera persona con autorización escrita, con tal y cumpla los requisitos siguientes:

  • Presentar el comprobante de identificación de quien hace la solicitud, actualizado y en perfectas condiciones.

Si eres de nacionalidad costarricense:

  • Persona mayor de edad con documento de identificación vigente, en buen estado.
  • Menores de edad con TIM vigente, en buen estado y en edades entre 12 años cumplidos y 18 años no cumplidos.
  • Acta de nacimiento de los menores de edad hasta los 12 años no cumplidos.

Si eres Extranjero:

  • Deben ser mayores de edad, con una situación migratoria regular, con el Documento de Identidad Migratoria para extranjeros (DIMEX).
  • Aplica para los asegurados directos y con salario, deben tener situación migratoria irregular, pasaporte y visa actualizada y en buen estado.
  • Menores de edad, extranjero, con Acta de nacimiento autenticada y apostillada por el Consulado de Costa Rica en el país de procedencia.

Para la Zona de Residencia:

  1. Comprobación en Ficha de Familia.
  2. Presentación de comprobante de servicio público de donde vive (electricidad, agua, televisión por cable, teléfono).
  3. Presentar contrato de arrendamiento y pago correspondiente, con recibo bancario o la constancia de la transferencia del mes anterior a la solicitud. Estos documentos deben ser del solicitante, mayor de edad o de algún familiar que viva con el solicitante.
  4. Portar el certificado emitido por el Centro Penitenciario o de Adaptación Social, donde la persona esté recluida, casa hogar de personas de la tercera edad o internado infantil del Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
  5. Asimismo se requiere presentar Declaración Jurada de dos testigos que corroboren el sitio de residencia de la persona solicitante de la adscripción.

Requisitos para Asegurar un Familiar en CR

Requisitos de la persona que será Asegurada

En los Requisitos para asegurar un familiar en Costa Rica, el titular asegurado, puede hacer la solicitud de la adscripción de forma presencial o a través de un apoderado autorizando por escrito.

Requisitos a cumplir:

  1. Nacionalidad Costarricense:
  2. Documento de identificación vigente.
  3. Menores de edad con TIM vigente, y en edades entre 15 años y 18 años no cumplidos.

Extranjero:

  1. Con una situación migratoria regular, titular asegurado asalariado, residenciado en el país y legalmente hábil para laborar.
  2. Documento de Identidad Migratoria para extranjeros (DIMEX).

Solicitante por vez primera su estatus de migración:

  • Aprobación de condición migratoria otorgada por la Dirección General de Migración y Extranjería.
  • Recibo de pago por el trámite de la categoría asignada.
  • Presentar pasaporte en buenas condiciones y vigente.

Migrante que gestiona renovación del DIMEX, cuando haya sido emitido después del 01 de junio de 2010 debe llevar:

  • Mostrar renovación de la condición migratoria.
  • Recibo de pago por trámite de categoría entregada.
  • Entregar el DIMEX no deteriorado.
  • Tener a la mano el recibo de la cita.

Migrante que ha gestionado situación migratoria regular antes del 01 de junio           de 2010 (DIMEX antes del 01 de junio de 2010) y es renovación por vez primera con la Ley vigente:

  • Dictamen de renovación de la condición migratoria.
  • Entrega de recibo de pago por trámite de categoría.
  • DIMEX no deteriorado, no importa si está vencido.
  • Documento de cita del solicitante.

Asegurados directos extranjeros con estatus migratorio irregular: Personal Asegurados dependientes registrados por los patronos ante la Caja, que no están autorizados legalmente para laborar en el país.

Debe presentar el pasaporte con la Visa vigente.

Para la comprobación del derecho, de acuerdo a nacionalidad, edad y situación del seguro:

  • Orden patronal normal firmada y sellada por cesantía.
  • Certificado de pago del seguro vigente.
  • Presentar el informe de verificación de ser asegurado por el Estado presentar la cobertura de Ley Especial, con la fecha indicada, la vigencia y la modalidad del seguro otorgado.
  • Presentar la resolución de pensión o de jubilación.
  • Corresponde a los pensionados IVM, RNC (primera vez).
  • Entregar el certificado de concesión de la pensión.

Residencia de acuerdo al siguiente orden:

  • Realización de la verificación de la dirección según la Ficha Familiar del  EBAIS.
  • En caso de arrendamiento, presentar el contrato, comprobante de pago del mes anterior a la solicitud.
  • Hacer entrega de recibos de pago de algún servicio público: agua, electricidad, televisión por cable, teléfono u otros. Todos a nombre del titular asegurado, cuando el beneficiario conviva con él, de lo contrario deben estar a nombre de este beneficiario.
  • Hacer entrega de la Declaración Jurada del familiar, persona con el que convive y de un vecino o quien de fe del sitio de residencia.
  • Si la persona tiene varias modalidades de seguro le será entregado un carnet por cada modalidad de seguro.

Requisitos asegurar familiar Costa Rica

¿Qué se solicita en el Formulario para Asegurar?

Entre los requisitos para asegurar un familiar en Costa Rica, se encuentre el llenado del  Formulario de solicitud de beneficio familiar para persona asegurada directa debe ser completado con los siguientes datos: identificación, sexo, estado civil del asegurado directo.

Debe indicar también los dependientes a ser beneficiarios de la persona asegurada directa y el parentesco o vínculo con el asegurado directo. Igualmente si tienen alguna condición especial de discapacidad o si es cuidador. También señalar si es estudiante mayor de 18 años.

Por otra parte, se debe señalar los ingresos y gastos mensuales del asegurado directo. Se debe indicar el monto sin rebaja de los ingresos devengados en el mes, salarios, pensiones, jubilaciones, ayudas y más. De igual manera debe hacerse con los gastos mensuales.

En otra sección del formulario se deben reflejar los gastos incurridos por el asegurado directo cuando el posible beneficiaria(o) no convive con este.Formulario Asegurar familia en CR

Posteriormente, al final del formulario aparece la sección relacionada con el análisis de la solicitud de beneficio familiar. Debe ser completada por el Jefe de Registros y Estadísticas de Salud. El cual realizará un estudio socioeconómico del asegurado directo, para luego dar una resolución del estudio de beneficio familiar, en la dirección notificada en el formulario.

El Formulario de solicitud de beneficio familiar para posible beneficiaria(o) familiar  debe ser llenado indicando datos de identificación, sexo, estado civil, nivel de escolaridad y la condición laboral actual.

Si es un extranjero que solamente posea pasaporte, entonces debe presentar adicionalmente el dictamen de la Dirección de Migración y Extranjería donde se indique la condición regulatoria y la cita pendiente. De no ser así, la solicitud de beneficio familiar no será formalizada debidamente.

De inmediato señalar el monto sin rebajas del total de ingresos recibidos en el mes, pensiones, jubilaciones, salarios, ayudas económicas, entre otros. Asimismo indicar los gastos totales mensuales.

En otra sección del formulario indicar si es poseedor de bienes y/o derechos inscritos o no en el Registro Público. Si  uno de estos bienes produce ingresos económicos, se debe expresar en la declaración jurada.

Después indicar los datos de la persona asegurada directa: parentesco o vínculo con el titular asegurado, si tiene alguna discapacidad, si es cuidador, si es estudiante mayor de 18 años.

Luego al final está la sección relacionada con el análisis de la solicitud, que tiene que ser completada por el Jefe de Registros y Estadísticas de Salud. Luego dará su dictamen al respecto y lo hará llegar a la dirección indicada en el formulario.

En cuanto al  Formulario de Declaración Jurada  para persona asegurada (o) o directa (o), o posible persona beneficiaria (o) o testigo. Los datos aquí colocados deben ser exactamente igual con los señalados en la solicitud de beneficio familiar, excepto cuando se indique la condición de testigo.

Debe estar debidamente suscrita, de lo contrario el documento no es válido para ningún tipo de solicitud o trámite.

Aspectos Legales del proceso 

Los  aspectos legales  de los requisitos para asegurar a un familiar en Costa Rica tiene implícito el basamento normativo y jurídico propio de este tipo de trámites en cualquier nación.

El proceso de asegurar a un familiar en Costa Rica viene dado por:

  • Reglamento de Seguro de Salud
  • La Ley General de Administración Pública N° 6227
  • También la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguros Social N° 17
  • Por otra parte el Código de la Niñez y Adolescencia N° 7739
  • Adicionalmente el Código de Familia N° 5476
  • Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) N° 3504
  • La Ley General de Migración y Extranjería N° 8764
  • También la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos N°8220
  • La nueva Ley de Reforma N° 8990
  • Incluye la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935
  • Además de la Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad N° 7600
  • Convención Iberoamericana de Derecho de los Jóvenes N° 8612
  • Adicionalmente los Convenios Vigentes suscritos entre la Caja y otras instituciones o privadas
  • Todos los lineamientos y circulares vinculados con el procedimiento de adscripción y otorgamiento de beneficio familiar
  • Asimismo cualquier ley aplicable y su respectivo reglamento.

El formulario debe ser llenado y firmado para ser entregado conjuntamente con la Declaración Jurada y cada uno de los requisitos solicitados.

La Administración de la Caja tiene reglamentariamente un lapso de 10 días hábiles como máximo para dar respuesta cónsona a la solicitud realizada.

Esta respuesta puede ser entregada de manera personal o enviada vía dirección electrónica al correo electrónico registrado en el formulario.

De igual modo este beneficio familiar en caso de serle otorgado al solicitante, va a estar vigente por un término que va a depender de lo establecido en el Artículo 42 del Manual de Adscripción y Beneficio Familiar.

¿Cuáles son los miembros de la Familia que reciben el Seguro?       

En los requisitos para asegurar un familiar en Costa Rica, se encuentra especificado qué miembros del grupo familiar pueden estar incluidos en la cobertura del seguro por Beneficio Familiar.

Como es de suponer el Seguro por Beneficio Familiar en Costa Rica le ofrece cobertura al cónyuge, pareja, hijos, hermanos, padre, madre, menores de edad, adicionalmente todas aquellas personas que estén sujetas económicamente al titular del seguro.

No obstante, existen ciertas  circunstancias que condicionan el recibir el beneficio: 

  • Cónyuge que no esté percibiendo ingresos por no estar en ninguna labor productiva, o por algún tipo de discapacidad. Igualmente aplica en los casos de que esté cursando estudios universitarios. Percibirá el beneficio mientras continúe en desempleo o con falta de recursos económicos que le faciliten subsistir.
  • En las situaciones de uniones de hecho, la pareja puede recibir el beneficio del seguro familiar, cuando se compruebe que esta unión es sólida, viven juntos y el tiempo de convivencia sea igual o mayor a un año.
  • Igualmente gozan del beneficio del seguro familiar los hijos del titular que tengan problemas de discapacidad severa, hijos(as) menores de 18 años y los mayores inclusive hasta los 22 años, por estar cursando estudios técnicos y/o pre universitarios, hasta los 25 años, si se mantienen cursando estudios superiores en colegios universitarios o universidades.
  • El seguro familiar también incluye hijos mayores de edad, que no pueden trabajar porque son cuidadores de los padres, en el caso que éstos tengan más de 65 años o tengan algún tipo de discapacidad.
  • De igual manera el beneficio del seguro familiar incluye a la madre, o a la persona que cumple ese rol.
  • También incluye el padre biológico o padre de crianza, siempre y cuando dependa económicamente en su totalidad del titular del seguro.
  • Son beneficiarios del seguro familiar aquellos hermanos menores de edad, o mayores de edad hasta los 22 o 25 años, inscritos, solteros y que se mantengan estudiando.
  • Igualmente el beneficio cubre a los hermanos mayores de edad que presenten problemas serios de discapacidad.
  • También es el caso de los que no puedan asistir a trabajar por encontrarse de cuidadores de padres mayores de 65 años o que presenten discapacidad.
  • Asimismo el beneficio aplica para otros menores de 18 años de edad, o mayores de 22 hasta los 25 años que se mantengan cursando estudios de educación media, técnica, universitaria, que vivan con el titular y dependan de él económicamente, aun cuando no tengan vínculos de sangre.
  • Incluye cualquier persona menor de edad que se encuentre en estado de gravidez y no esté cubierta por el seguro familiar, que tampoco esté obligada a cotizar, tiene el derecho de asistencia sanitaria por parte del Estado.

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