Requisitos para Residencia en Costa Rica: sobre las Categorías, Duración y MÁS

Costa Rica

Los Requisitos para Residencia en Costa Rica y todo lo relacionado con la Migración en Costa Rica es una de las informaciones  más buscadas.

Costa Rica es un país considerado como una opción excelente a la hora de emigrar. Además de ser  el país más tranquilo en la región.

Vivir en Costa Rica le brinda al extranjero la oportunidad de obtener mejores ingresos respecto a los países de América Central.

Asimismo la educación es de alto nivel, aunque resulte costosa.

También ofrece buenas oportunidades de inversión y estabilidad a nivel político.

Igualmente quienes consideren este país para emigrar, deben tomar en cuenta que es un país considerado costoso y con altos impuestos a pagar.

¿Cuáles son los Requisitos necesarios? 

Aquí le diremos cuáles son los requisitos que debe cumplir un extranjero para obtener la residencia en Costa Rica.

Requisitos generales para Residencia en Costa Rica:

  • Acta de nacimiento del solicitante, sus familiares y personas a su cargo.
  • Formato de Filiación completamente lleno.
  • Exposición de motivos o carta explicativa de las razones de la solicitud.
  • Planilla de solicitud llena.
  • Constancia de antecedentes penales del solicitante y de las personas a su cargo, que sean mayores de 15 años. Verificar la validez de la constancia, ya que tiene una duración de 6 meses.
  • Solicitud de la residencia debidamente firmada por un abogado en Costa Rica.
  • Acta de matrimonio.
  • Huellas dactilares registradas ante el Ministerio de Seguridad Pública.
  • Fotocopia certificada del pasaporte. Adicionalmente la página número 1 del pasaporte debe estar traducida por un traductor público.
  • Todo documento en idioma diferente del español, debe presentarse conjuntamente con la traducción oficial.
  • Cuatro fotografías para pasaporte.
  • Debe presentar la inscripción ante el Seguro Social de Costa Rica.
  • Presentar la inscripción consular obligatoria. A excepción de que el país de procedencia no cuente con representación consular en Costa Rica.
  • Recibo bancario de pago por 50$ o su valor en colones en la cuenta del Banco de Costa Rica número 242480-0, por la solicitud de residencia.

Importante tener en cuenta que si el solicitante no puede hacer entrega de las Actas de nacimiento o de los antecedentes penales, debe entonces entregar la Declaración Jurada con los correspondientes argumentos de la ausencia de esta documentación.

Asimismo en el caso de que alguno de los familiares o personas a su cargo presente discapacidad, debe presentar los certificados médicos donde conste dicha condición. Igualmente presentar la constancia de curatela.

De la misma manera  todo documento debe estar apostillado  desde el país de procedencia. De no ser así debe entonces presentarlos en el Consulado de Costa Rica antes de realizar la solicitud.

Los solicitantes de residencia en Costa Rica que requieren presentar la constancia de haber recibido la vacuna contra la fiebre amarilla son: Angola, Benín Burkina Faso, Camerún, República Democrática del Congo, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Liberia, Nigeria, Sierra leona, Sudán, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Perú, Guayana Francesa y Venezuela.

requisitos para residencia Costa Rica

Residencia Permanente           

La Residencia Permanente es un permiso otorgado al inmigrante luego de 3 años continuos de residencia en Costa Rica.

Dentro de los requisitos para Residencia en Costa Rica se expone claramente que una vez obtenida la residencia permanente, el extranjero tiene la potestad de vivir en el país o fuera de éste, sí así lo decide.

La residencia permanente le permite al extranjero, estar en el país indefinidamente y gozando de libertad profesional.

La solicitud de residencia permanente, puede ser exigida por inmigrantes que tengan mínimo 3 años de residencia en el país y que posean vínculos de familia en primer grado con algún ciudadano Costarricense.

Asimismo de ahora en adelante podrá hacer la solicitud de ciudadanía previo cumplimiento de los requisitos establecidos.

La solicitud de residencia permanente en Costa Rica generalmente se realiza en el país de procedencia del inmigrante. De lo contrario puede hacerla ante la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica.

Se debe acotar que los antecedentes penales legalizados, autenticados y apostillados, deben ser del  país donde ha estado viviendo de manera legal en los 3 últimos años.

De la misma forma, debe presentar adicionalmente a todos los requisitos generales, una fotocopia certificada del movimiento migratorio de los últimos años.

En cuanto a la  renovación, deben hacerla en los 3 meses posteriores a la fecha de terminación de la residencia. Se recomienda hacerlo con antelación antes que la tarjeta de residencia esté caduca.

Adicionalmente tiene que inscribirse en la Caja de Atención de Salud Pública. Asimismo puede hacerlo con los seguros privados del Instituto Nacional de Seguros.

En consecuencia, debe tener el seguro de la Caja vigente, igualmente el pasaporte. Así como también los pagos correspondientes a las tasas solicitadas para la realización del trámite.

Una vez obtenida la Residencia Permanente puede vivir tranquilamente y trabajar en el país. Sin embargo, no puede ejercer los derechos de la ciudadanía como lo son el derecho a votar, el poseer pasaporte de Costa Rica, entre otros.

El residente permanente puede entonces ser expulsado por algún motivo del país, si las autoridades así lo creen pertinente.

Para hacer la solicitud de la Residencia Permanente debe dirigirse a las oficinas centrales de Migración. La atención al público es de lunes a viernes de 8a.m. a 12m. Sin previa solicitud de cita.

Igualmente puede hacerlo en las oficinas que se encuentran en las regiones de Liberia, Puntarenas, Limón, San Carlos, Paso Canoas, Golfito o en los Consulados ubicados fuera del país.

residencia permanente

Residencia Temporal     

Para vivir en Costa Rica, como en muchos otros países se tiene que solicitar un permiso de residencia temporal.

Igualmente no todos los viajeros que lleguen a Costa Rica requieren portar Visa de Turismo.

Por lo tanto, dependerá de diversos motivos que pueden ser el tiempo de permanencia en el país, país de procedencia, nacionalidad del visitante, entre otros.

Los visados dependen de acuerdos y tratados internacionales, por lo que la Visa no avala la entrada al país.

En la Dirección General de Migración y Extranjería hacen entrega de un salvoconducto de ingreso y estadía por un período determinado que oscila entre 90 días y dos años. Este permiso es denominado Residencia temporal. Es entregado una vez cumplido los requisitos para la residencia en Costa Rica.

El tiempo de respuesta de la Residencia Temporal va a depender de la categoría  en la que se encuentra el solicitante de este permiso.

Por supuesto la residencia temporal es renovable en determinados casos y hasta que la persona y/o familia pueda obtener el permiso de residencia permanente si así le corresponde.

Asimismo, el permiso otorgado es válido para los familiares directos, cónyuge y los descendientes menores de 25 años.

Igualmente aplica para aquellos familiares o dependientes del titular que presenten discapacidad.

Para iniciar el proceso de residencia, el requerimiento debe incluir constancias y/o certificados de las respectivas filiaciones, entiéndase matrimonio, actas de nacimiento de hijos, constancias de incapacidades y todo aquel documento necesario para confirmar o validar el status familiar.

Las solicitudes tienen que ser presentadas en la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica o también en un Consulado de Costa Rica. Estas solicitudes deben hacerse de manera presencial, es decir personalmente.Emigración Costa Rica

Si existe algún impedimento para hacer la solicitud personalmente, entonces deberá asistir un tercero con un Poder Legal Especial, donde conste la autorización para la realización de los trámites correspondientes.

Es importante resaltar, que los permisos de residencia temporal otorgan libertad para la realización de actividades remunerativas o de lucro.

En este particular, son permitidas aquellas labores que se hagan por cuenta propia y las que sean en relación laboral de dependencia, debidamente autorizadas por la Dirección General de Migración.

Por consiguiente, estas autorizaciones deben tener incluidas las decisiones en materia laboral emanadas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.  En consecuencia, los familiares dependientes de los residentes temporales pueden realizar estudios y trabajar con la autorización correspondiente de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Se debe señalar que aquellos extranjeros que tengan la residencia temporal y que por cualquier razón estén fuera de Costa Rica por un periodo mayor a dos años continuos, lastimosamente perderán la residencia. Por supuesto con las excepciones debidas del caso.

Quienes posean residencia temporal y quieran permanecer en el país, deben hacer la solicitud de una Categoría Migratoria y cumplir los requisitos que le correspondan. Por ejemplo quienes están en el país con permiso de residencia temporal en calidad de pensionados o rentistas, les corresponderá validar sus respectivas condiciones para continuar en el país.

¿Cuáles son las Categorías para la Residencia en Costa Rica?          

Además de los requisitos generales para residencia, en Costa Rica la Dirección General de Migración y Extranjería otorga autorizaciones de permanencia en el país a extranjeros, bajo la modalidad de Categorías Migratorias Especiales.

Esto se hace con la finalidad de regularizar ciertos escenarios de migración que deben tener un procedimiento distinto a las demás categorías. Además de facilitar los requisitos para la residencia en Costa Rica.

No son categorías de residencias, son permisos otorgados para estudiar, trabajar o estadías en el país. No facilitan de ninguna manera la solicitud de la residencia temporal o permanente.

Son permisos otorgados de manera específica para la realización de actividades o resolución de alguna cuestión que le compete al interesado.

Por lo que, una vez finalizado el asunto en cuestión que ha determinado la permanencia en el país, deben dejar Costa Rica o hacer el trámite de permanencia bajo otra categoría.

Estas son las Categorías Migratorias:

  • Si es cónyuge de costarricense.
  • Los Pensionados.
  • Las personalidades religiosas.
  • El extranjero con vínculo con un ciudadano costarricense.
  • Persona que tiene vínculo con un residente permanente.
  • Si el solicitante tiene vínculo con residente temporal.
  • Los artistas, profesionales y técnicos invitados.
  • Los deportistas, profesionales y técnicos invitados.
  • Corresponsal y Agente de prensa.
  • Pasantes, Estudiantes y dependientes de estudiantes.
  • El Investigador, Científico, Docente, Profesional, Voluntario.
  • En el caso de trabajador Temporal.
  • Si es trabajador transfronterizo.
  • Visitante de negocios.
  • Ejecutivo, Gerente y personal técnico.
  • Especialista que trabaja por cuenta propia.
  • Trabajador en relación de dependencia.
  • Si está en calidad de Invitado del Estado, Instituciones o por seguridad jurídica.
  • Los hijos de agentes diplomáticos.
  • Si es un técnicos especializados.
  • Posee ocupación específica.
  • Empresario con empresa propia.
  • El personal de transferencia.

Duración del Proceso              

La duración de las gestiones de la solicitud de residencia temporal y el resultado es de un mínimo de tres meses.

La Ley General de Migración N° 8764 establece que la Dirección General de Migración y Extranjería tiene 90 días hábiles para solventar un requerimiento de residencia, toda vez que el expediente se haya completado de parte del solicitante.         

Sin embargo, los retardos propios de la gestión gubernamental están fuera del alcance del extranjero. Por lo que todo va a depender de la categoría en la que se encuentre, pudiéndose tomar un tiempo de incluso un año para obtener la residencia.

Asimismo, hecho el trámite de solicitud se le hace entrega de un comprobante llamado Certificado de trámite migratorio, de parte de Migración de Costa Rica. Este comprobante o recibo le facilitará la permanencia en Costa Rica, mientras dure el proceso de solicitud.

En consecuencia, el extranjero no estará obligado a abandonar el país cada 90 días, para hacer la renovación de la Visa de Turista.

¿Qué cantidad de Dinero hay que pagar?             

Una de las primeras pautas de los requisitos para residencia en Costa Rica es que los trámites migratorios a Costa Rica son personalísimos y no tienen costo alguno. Es decir se pueden realizar las gestiones de migración personalmente y pagando solo los montos que indica la Ley, a través del Banco de Costa Rica.

Si el extranjero ingresa a Costa Rica con Visa de turista, debe pagar US$ 200. Si realiza cambio de categoría debe cancelar US$ 50 por el requerimiento.

En caso de que el ingreso se haga como potencial residente, debe entonces pagar US$ 50 por la respectiva solicitud.

Asimismo este pago puede hacerse en colones en la cuenta correspondiente del Banco de Costa Rica.

Tarifas que mantienen las autoridades y los Consulados de Costa Rica por la gestión de trámites migratorios estipulados en la Ley:

  • Visa Consular de Turista US$ 20
  • Otorgamiento de Certificados US$ 40
  • Realización de Autenticación de documentos US$ 40
  • Declaraciones US$ 50
  • Poderes de Notaría US$ 80
  • Registro de Marcas US$ 80
  • Patentes US$ 80

Ningún funcionario de migración está autorizado a recibir dinero por realizar gestiones encaminadas a los trámites de migración.

Puede realizar las consultas y solicitar citas e información acudiendo a la Dirección General de Migración y Extranjería de lunes a viernes de 8a.m. a 4p.m.

Igualmente puede comunicarse al número 1311 de Migración o accediendo al portal web: migracion.go.cr/.

Los extranjeros con Residencia permanente y que estén fuera del país, deben ingresar al país una vez cada año.

Igualmente deben realizar un pago denominado depósito de garantía por US$ 300 en la cuenta del gobierno de Costa Rica.

El depósito de garantía está establecido en el Reglamento del Fondo de Depósitos de Garantía de la Ley General de Migración y Extranjería.

Es un depósito en efectivo que debe hacer un extranjero una vez se le autorice el ingreso. Este pago debe hacerse conjuntamente con las erogaciones propias de los servicios migratorios.

Migración Costa Rica

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