Certificado de Residencia: Requisitos, Pasos y MÁS

El Certificado de Residencia, es un documento que se encarga de acreditar la permanencia de los extranjeros en el país que aspiren obtener el derecho al sufragio sin necesidad de contar con la ciudadanía legal.

Por esta razón, hemos dedicado este artículo a explicar: cuáles son los requisitos, los pasos que se deben seguir para obtenerlo, la función del mismo, dónde y cuándo se realiza, la validez y normativa asociada al certificado y culminamos con la definición.

Certificado de Residencia

¿Cuáles son los Requisitos para el Certificado de Residencia?

Generalmente, para iniciar la solicitud de cualquier tipo de certificado, los organismos e instituciones requieren de una serie de documentos. Este certificado, al ser un documento legal, no está exento de los mismos.

Pero, no hay de qué preocuparse, porque a continuación, te mostraremos una lista detallada de todos los requisitos demandados para que los interesados puedan dar inicio con el proceso de este certificado.

Para empezar, nos conviene resaltar un aspecto importante. Y ese es que, existen dos métodos por los cuales los interesados pueden realizar este trámite. Los mismos son, de manera presencial y a través de Internet.

Sin embargo, en este artículo nos enfocaremos en los requerimientos solicitados para el trámite de manera presencial. Presta mucha atención, a la información desarrollada a continuación:

Requerimientos para llevar a cabo el trámite de manera presencial

Autorización para residir en el país:
  • Acá, se logra mediante la entrega del certificado expedido por la Dirección Nacional de Migración. 
Nacionalidad:
  • En primer lugar, la Partida de Nacimiento:
  • Luego, tiene la opción de presentar cualquier otro documento que sea del país de origen. Como, por ejemplo:
  • A su vez, estos documentos deben estar visados por el Consulado uruguayo que se encuentre en dicho país.
  • También, debe ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Y, por último, debe estar traducido por un Traductor Público, si es el caso.
Edad:
  • Primero, el solicitante debe tener 18 años como mínimo. Así, va a contar con las siguientes opciones.
  • La opción principal es la partida de nacimiento con su respectiva referencia.
  • Luego, se puede mostrar el pasaporte visado, legalizado y correctamente traducido.
  • También, se incluyen documentos públicas nacionales que tengan plasmadas las referencias.
  • Escritura o certificado donde un escribano pueda dar fe de haber visto la partida. Esto, debe acompañarse de una fotocopia de la partida visada, traducida y legalizada.
  • Finalmente, el certificado médico.
Identidad:

En este punto, el solicitante debe demostrar su identidad pero medio de los documentos que hayan sido presentados, y también por la declaración de los testigos. Los mismos, deben ser mayores de 25 años, y también deben estar inscritos en el Registro Cívico Nacional.

Residencia:

Para esto, el solicitante debe presentar documentos, bien sea públicos o privados, donde se pueda constatar que el mismo ha permanecido en el país durante 15 años. Asimismo, se admiten los siguientes documentos:

  • Primero, todos los documentos emitidos por cualquier autoridad, oficina o institución pública.
  • También, se incluye una constancia de tramitaciones, o en su defecto, diligencias llevadas a cabo por el solicitante.
Familia constituida:
  • En primaria instancia, se puede presentar las partidas o los certificados del estado civil. Esto, en caso de que la unión se haya realizado y verificado en el país.
  • A su vez, se necesitan las partidas legalizadas y traducidas. Esto, si el acto se llevo a cabo en el extranjero.
  • Se incluyen, pasaportes legalizados y traducidos.
  • Por último, se debe verificar que los individuos radican del mismo vínculo familiar. Esto, se lleva a cabo mediante la comparecencia y declaración de los testigos en la oficina.
Arraigo:

Este, es un documento público o privado, que se encarga de acreditar que el solicitante cuenta con capital en giro, industria y propiedad en el país. O, que profesa una ciencia, arte u oficio en el mismo. Se admite:

  • En un principio, diplomas y  títulos, certificado de escuela, universidades o instituciones. Las mimas, deben ser habilitadas para tres profesiones: ciencia, arte, industria.
  • Récipes de registro, matrículas o, en su defecto, de alguna autoridad competente que acredite dicha profesión y contratos.
  • También, títulos o comprobantes de la propiedad.
  • Certificados de trabajo.
Buena Conducta:

Ahora bien, para que el solicitante pueda demostrar una buena conducta, el mismo debe contar y presentar con el boleto de información policial y, a esto se le agrega la respectiva declaración de los testigos. 

Ideas democráticas:

Por último, el solicitante debe demostrar bajo juramento y a su vez, bajo declaración de testigos, que cuenta con ideas democráticas y que no se encuentra involucrado con organizaciones, bien sea sociales o políticas que, mediante la violencia, destruyan las bases fundamentales de la nacionalidad.

Pasos a Seguir para el Certificado de Residencia

Finalizada la explicación de los requerimientos necesarios para dar inicio a la solicitud de este tipo de certificado, continuamos con los pasos que todo interesado debe seguir para obtener el certificado.

Ahora bien, como hemos mencionado en un punto anterior, este certificado se puede solicitar de dos maneras. Y esas son a través de Internet y de manera presencial. Sin embargo, nuestro enfoque va dirigido a la forma presencial de la solicitud del certificado.

Certificado de Residencia

Presencial en Montevideo:
  • Primero, el solicitante debe agendar una cita, con fecha y hora para el inicio del trámite.
  • Por lo que, en primer lugar, debe dirigirse a la siguiente página web. Haz clic aquí.
  • Y, hacer clic en la opción: Trámite en línea.
  • Posteriormente, debe seguir los pasos mostrados y agendar la cita.
Presencial en el Interior del país:
  • Acá, se siguen los mismos pasos que en Montevideo.
  • El solicitante debe agendar previamente una cita antes de dirigirse a la organización.

¿Para Qué Sirve el Certificado de Residencia?

Con todo esto, es conveniente que conozcas la función y finalidad de este certificado. Porque en muchas ocasiones no se le suele dar la importancia que amerita. Por esta razón, te explicaremos para qué sirve este tipo de certificado.

Certificado de Residencia

Pues bien, contar con este certificado es indispensable para cualquier ciudadano que se encuentre en el territorio nacional. Esto se debe a que, el mismo es generalmente solicitado para confirmar aspectos importantes.

Además, es relevante mencionar y destacar que, tener este certificado a la mano trae consigo diferentes beneficios y ventajas. Uno de esos beneficios es a la hora de realizar otros trámites. Ya que, el mismo suele ser un requisito principal y fundamental para dar inicio a otras solicitudes.

¿Dónde y Cuándo se hace el Trámite?

Ahora bien, como hemos mencionado en un punto anterior, este certificado se puede solicitar de dos maneras. Y esas son a través de Internet y de manera presencial. Sin embargo, nuestro enfoque va dirigido a la forma presencial de la solicitud del certificado.

Certificado de Residencia

Presencial en Montevideo:

En un principio, el solicitante debe agendar una cita en el portal web. Este paso es fundamental ya que, sin una reserva, no se va a atender al cliente. Posteriormente, el mismo debe dirigirse a la siguiente dirección:

  • Corte Electoral, sección Ciudadanía Legal. 
  • Ituzaingó 1467, Planta Baja. 
Presencial en el Interior del país:

Por otra parte, para realizar el trámite en el interior del país, el interesado debe seguir con los mismos pasos y requerimientos que en el caso anterior. Sin embargo, la dirección a la que el mismo debe asistir es la siguiente:

  • Oficinas Electorales Departamentales
  • Oficinas Inscriptoras Delegadas Permanentes de Pando, Las Piedras y Ciudad de la Costa. 
  • Horario de atención al cliente: de lunes a viernes, a partir de las 10:00am hasta las 15:00pm respectivamente.

Validez y Normativa Asociada al Certificado

Ahora bien, continuando con este artículo y en otro orden de ideas, nos enfocamos en ofrecer información en cuanto a la vigencia y normativa asociada a este tipo de certificado en particular.

Sección III - De la ciudadanía y del sufragio - Capítulo II. Artículo 78:
Tienen derecho al sufragio, sin necesidad de obtener previamente ciudadanía legal, los hombres y las mujeres extranjeros, de buena conducta, con familia constituida en la República, que poseyendo algún capital en giro o propiedad en el país, o profesando alguna ciencia, arte o industria, tengan residencia habitual de quince años, por lo menos, en la República. La prueba de la residencia se fundará indispensablemente en instrumento público o privado de fecha comprobada, y si la justificación fuera satisfactoria para la autoridad encargada de juzgarla, el extranjero quedará habilitado para el ejercicio del voto desde que se inscriba en el Registro Cívico, autorizado por la certificación que, a los efectos, le extenderá aquella misma autoridad.

¿Qué es el Certificado de Residencia?

Culminamos este artículo, ofreciendo una breve definición de este certificado. Pues bien, el mismo, no es más que un documento que se encarga de acreditar la permanencia en el país de aquellos extranjeros que aspiren contar con el derecho al sufragio sin necesidad de obtener la ciudadanía legal.

Uruguay

Nos conviene destacar un punto importante en cuanto a la expedición del certificado de residencia. Y es que, el mismo se expide al contar únicamente con la inscripción en el Registro Cívico Nacional de su titular.

Esto quiere decir que, todos aquellos extranjeros que se encuentren inscrito en el registro en esas condiciones, tienen la posibilidad de sufragar en cada una de las convocatorias electorales. Sin embargo, existe una excepción, y esa es la de los plebiscitos de reforma constitucional.

Para finalizar con nuestro escrito, te invitamos a que nos ayudes a compartir la información.

¡Hasta pronto!

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